¿Qué pasaría con las elecciones en Ecuador si el CNE vuelve a mover la fecha por El Niño?

Un eventual cambio de fecha de las elecciones seccionales y del Cpccs, previstas para el 29 de noviembre de 2026, plantea consecuencias para la organización del proceso, las estrategias de campaña y la confianza en el Consejo Nacional Electoral (CNE). El 7 de octubre, un grupo de especialistas, académicos y ciudadanos emitió un comunicado en el que pidió mantener el calendario y reforzar los controles sobre las actividades electorales.

La discusión surge tras las declaraciones del presidente del organismo, José Cabrera Zurita, sobre la posibilidad de aplazar votaciones si una catástrofe impide instalar las juntas receptoras del voto en una zona. Los comicios ya fueron adelantados de febrero de 2027 a noviembre de 2026 por las alertas relacionadas con El Niño.

Los mecanismos para modificar el calendario de las elecciones en Ecuador por El Niño

Alfredo Espinosa, analista político y experto electoral, considera que el CNE podría modificar nuevamente la fecha mediante una resolución del Pleno. Su interpretación se apoya en la figura de fuerza mayor del Código Civil, las competencias administrativas del organismo y la protección del derecho a la participación ciudadana.

El especialista explica que una emergencia puede impedir que los ciudadanos lleguen a sus recintos por circunstancias ajenas a su voluntad. Esa situación debe distinguirse de la decisión de no acudir a votar y, según señala, permite aplicar mecanismos para justificar la inasistencia.

La definición de fuerza mayor o caso fortuito consta en el artículo 30 del Código Civil, que se refiere a un imprevisto al que no es posible resistir. Esa disposición no establece por sí sola un procedimiento para modificar el calendario electoral.

El Código de la Democracia contempla situaciones específicas. Su artículo 147 establece la nulidad cuando no se instalan juntas o se suspenden votaciones en al menos el 30% de ellas, siempre que esto afecte los resultados definitivos. El artículo 148 dispone que el CNE ordene, dentro de 10 días, la repetición de votaciones anuladas que sean determinantes para una elección.

La normativa también menciona la fuerza mayor en disposiciones particulares, como las relacionadas con el funcionamiento de las juntas en el exterior. Sin embargo, no contiene una autorización expresa y general para aplazar todos los comicios ante un pronóstico climático.

Espinosa sostiene que una eventual modificación tendría que aprobarse mediante otra resolución, así como ocurrió con el primer cambio. Reconoce que existen interpretaciones distintas sobre sus consecuencias jurídicas y diferencia la posibilidad administrativa de modificar el calendario de la conveniencia política y técnica de hacerlo.

A su criterio, la decisión debería sustentarse en informes del Inamhi y de la Secretaría de Gestión de Riesgos. También podrían considerarse reportes internacionales, si existieran y fueran pertinentes para determinar las condiciones que afectarían la votación.

El analista plantea que esos documentos tendrían que explicar la magnitud de la emergencia y su posible duración hasta la jornada electoral. Su observación apunta a distinguir las afectaciones que pueden atenderse con medidas de contingencia de un escenario que comprometa la realización del proceso.

Otro cambio obligaría a reorganizar las campañas

El adelanto de las elecciones modificó los plazos con los que trabajaron las organizaciones políticas. Espinosa señala que partidos y movimientos ajustaron sus procesos de democracia interna, inscripción de candidaturas, presentación de objeciones y preparación de campañas al calendario de noviembre.

Un eventual aplazamiento volvería a modificar esas condiciones. Para el especialista, el análisis no puede limitarse al día en que los ciudadanos acudirían a las urnas, porque otras actividades dependen de esa fecha.

Entre ellas menciona los debates, los simulacros, el voto en casa y el sufragio de las personas privadas de libertad. Una resolución que cambie la jornada tendría que considerar cómo se reorganizarían esos componentes del proceso.

Andrés Obando, especialista en comunicación política, identifica consecuencias en las estrategias de candidatos y movimientos. Según su análisis, extender el calendario obligaría a revisar la planificación de las campañas y podría representar un mayor gasto de recursos.

La ampliación del tiempo también podría favorecer a candidaturas que todavía no han logrado consolidarse. Obando señala que disponer de más semanas para posicionarse produciría efectos distintos entre los participantes, según su situación y sus estrategias.

Por ello, considera que una modificación tendría repercusiones sobre las condiciones de competencia y generaría cuestionamientos de las organizaciones políticas. El eventual beneficio de contar con más tiempo tendría que evaluarse junto con los costos de mantener las actividades de campaña.

La posesión de las autoridades locales es otro elemento que debe considerarse. El artículo 91 del Código de la Democracia fija el 14 de mayo para la entrada en funciones de prefectos, alcaldes, concejales y vocales de juntas parroquiales. Para el período que se elegirá en estos comicios, corresponde al 14 de mayo de 2027.

Los especialistas advierten efectos en la credibilidad electoral

Espinosa considera que recurrir otra vez a El Niño para justificar una modificación provocaría dudas sobre la planificación del CNE. Su cuestionamiento se centra en que el fenómeno climático ya fue utilizado como fundamento del adelanto.

Desde su perspectiva, los informes técnicos serían necesarios para sustentar una resolución, pero no garantizarían por sí solos que los ciudadanos acepten la explicación. El analista estima que otro cambio tendría un costo político para el organismo y podría encontrar oposición entre las organizaciones participantes.

Obando coincide en que las consecuencias alcanzarían tanto a la imagen del CNE como a la confianza en el proceso electoral. Señala que el adelanto ya produjo críticas y que una segunda modificación, sustentada en la misma causa, expondría al organismo a más cuestionamientos.

El especialista en comunicación política considera que una eventual decisión de ese tipo obligaría al CNE a afrontar otra crisis de imagen y reputación. Esa es su evaluación sobre el posible efecto del aplazamiento, no una consecuencia que ya se haya producido.

Obando también distingue entre los cuestionamientos al organismo y la legitimidad de cada autoridad electa. Según explica, esa valoración dependería de las condiciones en que se desarrolle la votación y de los resultados de cada contienda.

Una victoria con una diferencia amplia y sin denuncias de fraude no tendría necesariamente el mismo efecto que una elección con un margen reducido y cuestionamientos sobre posibles irregularidades. Para el especialista, el análisis tendría que realizarse caso por caso.

Recintos de respaldo y medidas ante cortes de energía

Espinosa plantea que el CNE debe concentrarse en un plan de contingencia que permita mantener la jornada prevista. Una de sus propuestas es contar con recintos alternativos para las zonas que podrían enfrentar inundaciones u otras afectaciones.

El analista señala que esos establecimientos deberían estar cerca de las áreas expuestas para facilitar el desplazamiento de los electores. Además, propone evitar que los recintos de respaldo estén destinados simultáneamente a funcionar como refugios.

Su planteamiento busca que una afectación en el establecimiento inicialmente seleccionado pueda atenderse sin impedir el acceso de los ciudadanos al sufragio. Para Espinosa, la capacidad organizativa y la disponibilidad de alternativas deben formar parte de la respuesta electoral.

Cabrera ha señalado que el organismo dispone de recintos auxiliares. También informó sobre generadores y sistemas de respaldo eléctrico destinados a las delegaciones provinciales, donde se recibe y procesa la información electoral.

El comunicado del 7 de octubre incorpora un pedido específico sobre el escrutinio. Los firmantes solicitan que comience a las 17:00 del domingo 29 de noviembre y que se desarrolle sin interrupciones.

La petición incluye garantizar la transmisión, difusión y publicación de resultados ante eventuales cortes de energía. El documento plantea esa continuidad como parte de las condiciones que el organismo debe asegurar durante la jornada.

El pronunciamiento también exige controles sobre las campañas

El comunicado no se limita a rechazar otra modificación del calendario. Sus firmantes piden que el CNE ejerza controles sobre la entrega de dádivas o regalos, la campaña anticipada y el uso de recursos estatales con fines electorales.

Los suscriptores plantean que los cuestionamientos públicos de las autoridades electorales deben acompañarse de acciones para verificar posibles infracciones y presentar las denuncias correspondientes. También solicitan que el organismo informe sobre las medidas adoptadas.

En cuanto a los bienes del Estado, el documento pide un control riguroso de su utilización durante el proceso electoral. La solicitud incluye denunciar ante el Tribunal Contencioso Electoral las conductas que correspondan y comunicar las acciones de prevención y detección.

Otro eje del pronunciamiento es el origen y destino de los recursos vinculados con candidaturas y organizaciones políticas. Los firmantes solicitan verificar bingos, rifas, sorteos, conciertos y otras actividades cuando existan indicios de que el dinero recaudado se utiliza para fines políticos o electorales.

La propuesta consiste en determinar quién organiza y financia esos eventos, cuánto dinero movilizan y hacia dónde se dirige. El comunicado plantea que la Unidad Complementaria Antilavado del CNE dé seguimiento a operaciones que presenten señales de alerta.

El documento no identifica en esos apartados una candidatura concreta ni acredita una infracción específica. Formula pedidos de control y fiscalización sobre actividades que podrían tener relación con el financiamiento político.

Información sobre el financiamiento y denuncias ciudadanas

Los firmantes también solicitan al CNE informar si está operativo el Sistema de Interconexión de Datos para el Financiamiento de la Política, previsto en las reformas electorales de 2020.

Según el comunicado, la herramienta fue concebida para contrastar información del organismo electoral con entidades como el Servicio de Rentas Internas, la UAFE, la Contraloría, las superintendencias de Bancos y de Compañías, la Fiscalía y el Tribunal Contencioso Electoral.

El pedido incluye precisar qué instituciones están articuladas y cuáles han sido los resultados de ese intercambio de datos. Los suscriptores plantean que esa información permita conocer el funcionamiento de los mecanismos de trazabilidad del financiamiento político.

Además, solicitan reactivar el buzón de denuncias electorales anónimas, implementado durante la gestión del exconsejero Luis Verdesoto. Proponen que este mecanismo permita recibir alertas ciudadanas y preservar la confidencialidad de quienes las presenten.

El pronunciamiento también pide que la Asamblea Nacional ejerza sus competencias de control político y fiscalización sobre las acciones u omisiones de los consejeros electorales.

El documento está firmado por Medardo Oleas, Francisca Morejón, Alfredo Espinosa Rodríguez, Pablo Ruiz, Julio Echeverría, Anabelle Chacón, Modesto Gerardo Apolo y Rosa Ponce. Sus solicitudes abarcan la estabilidad del calendario, la organización de la jornada y los controles sobre las actividades de campaña.

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