Informe de Ley sobre control de fundaciones está listo para el primer debate en la Asamblea

El informe del proyecto de Ley para el control de las fundaciones está lista para el primer debate en el Pleno de la Asamblea; este es el cuarto proyecto de ley de urgencia en materia económica enviado por el presidente Daniel Noboa.

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El informe para primer debate de la Ley para el control de las fundaciones que tratará el Pleno de la Asamblea

La Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea aprobó el informe para primer debate de la Ley para el control de las fundaciones que tratará el Pleno de la Asamblea la próxima semana.

Valentina Centeno (ADN), presidenta de la Comisión, señaló que la propuesta busca blindar al país frente al crimen organizado, el lavado de activos y la evasión fiscal.

Esto, con el fin de fortalecer la transparencia y la integridad en la gestión de recursos por parte de personas naturales, jurídicas y, de forma especial, de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro.

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El proyecto previene, detecta y controla flujos irregulares de capitales con el objetivo de asegurar que estas organizaciones actúen conforme a su naturaleza jurídica y fines de interés general,

Además, fortalece la cooperación interinstitucional y la supervisión basada en riesgos.

Supera vacíos legales, unificando mecanismos de control sin afectar la libertad de asociación legítima.

Valentina Centeno confirmó que la Superintendencia de Economía Popular vigilará, controlará y supervisará a las organizaciones sociales.

Aplicará un sistema de clasificación según el nivel de riesgo, esto permitirá obligaciones diferenciadas proporcionales.

La Ley busca exigir la implementación de mecanismos de transparencia activa, auditorías internas y externas.

Además, procedimientos de debida diligencia y sistemas de integridad institucional que incluyan códigos de ética, gestión de conflictos de interés y canales de denuncias.

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El texto de primer debate del Proyecto de Ley para el control de las fundaciones

El proyecto de Ley para el control de las Fundaciones tiene 16 artículos, seis disposiciones generales, cuatro transitorias, cuatro reformatorias y tres finales.

El artículo 5 establece los criterios de clasificación del nivel de riesgo de las organizaciones en bajo, medio y alto.

Entre estos están:

a) Volumen de recursos administrados, incluyendo presupuesto anual,
activos y patrimonio;
b) Origen de los fondos, sea nacional o internacional, públicos o privados;
c) Alcance territorial de operación, sea local, nacional o transnacional;
d) Naturaleza y finalidad de sus actividades;
e) Número de beneficiarios o impacto social declarado;
f) Historial de cumplimiento normativo;
g) Resultado de evaluaciones de riesgo nacional, sectorial o institucional
realizadas por la autoridad competente; y,
h) Otros criterios establecidos en el Reglamento General de la presente Ley.

Además, las organizaciones deberán tener transparencia financiera y prevenir el uso ilícito de los recursos.

También deberán establecer sistemas de integridad y cumplimiento, basados en riesgos.

Persecución política

Entre las disposiciones generales, consta que ninguna medida de control, supervisión o intervención que ejerzan las entidades públicas podrá ser utilizada como mecanismo de persecución política, restricción arbitraria a la libertad de asociación o interferencia ilegítima en las actividades lícitas de las organizaciones sociales.

Utilidades

Además, entre las disposiciones reformatorias hay cambios a la Ley de Régimen Tributario Interno sobre el Impuesto a la Renta en la distribución de dividendos o utilidades.

También el pago a cuenta sobre las utilidades no distribuidas.

Posiciones

El informe fue aprobado con los votos de la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y los excorreístas.

La bancada del correísmo, Revolución Ciudadana (RC), cuestiona el proyecto por supuesta falta de unidad de la materia y porque ejercería un control sobre la sociedad civil.