La Fiscalía General del Estado logró una condena de 19 años de pena privativa de libertad contra Evaristo Manuel H. S., a quien la justicia determinó como autor directo del delito de violación. El hecho juzgado ocurrió el 15 de agosto de 2025 en un inmueble ubicado en el sector Mi Lote, en la vía a Pascuales, en la zona norte de la ciudad de Guayaquil.
El delito de violación fue denunciado en el sector Mi Lote
De acuerdo con la denuncia presentada por la víctima, la agresión sexual se perpetró en dos oportunidades dentro del inmueble del procesado, lugar donde ella desempeñaba labores de empaque de fundas con caramelos y juguetes.
En su testimonio, la trabajadora señaló que el sentenciado procedió a sujetarla y a taparle la boca con el fin de evitar cualquier pedido de auxilio.
Diligencias y aprehensión del implicado
A partir de la denuncia formal, personal de la Fiscalía y de la Policía Nacional ejecutaron las diligencias correspondientes para dar con el paradero del ciudadano.
La captura se concretó horas más tarde en su propia vivienda, tras lo cual fue puesto de manera inmediata a disposición de los operadores de justicia.
Pruebas y testimonios en la Unidad Judicial Albán Borja
El juzgamiento se llevó a cabo en las instalaciones de la Unidad Judicial Albán Borja. En dicha diligencia, la Fiscal de la Unidad de Violencia de Género expuso los elementos de convicción que ratificaron la existencia del delito de violación y la autoría del procesado.
Entre los elementos probatorios se presentaron 12 testimonios pertenecientes a agentes de la Unidad de Delitos Sexuales y Violencia Intrafamiliar de la Policía Nacional, peritos médicos, psicólogos y especialistas de Criminalística.
Asimismo, se incorporaron al expediente la historia clínica, el informe investigativo, el examen médico-legal y ginecológico, la evaluación psicológica, el informe del reconocimiento del lugar de los hechos, la pericia telefónica, la extracción de fotogramas de cámaras de seguridad y el testimonio anticipado rendido por la víctima.
Sanción económica y marco legal del caso
El Tribunal Penal emitió su fallo unánime declarando la culpabilidad del procesado como autor directo del delito de violación.
Además de los 19 años de cárcel, los jueces fijaron una sanción pecuniaria de 600 salarios básicos unificados (289 200 dólares) y un monto de 1 500 dólares por concepto de reparación integral a favor de la víctima.
La causa penal se fundamentó en el artículo 171, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), normativa que castiga el delito de violación con penas que oscilan entre 19 y 22 años de privación de libertad.