Un tribunal dictó tres años de privación de libertad contra el exoficial Antonio Olger G., quien presentó certificados médicos falsos ante el departamento de Talento Humano para justificar ausencias laborales mientras prestaba servicio en Cañar.
Inicio de las investigaciones
La justicia ecuatoriana emitió una sentencia condenatoria contra Antonio Olger G., un expolicía que se desempeñaba en la Unidad de Policía Comunitaria (UPC) del cantón Cañar.
El procesado fue hallado culpable de ser autor directo del delito de falsificación y uso doloso de documento falso, una infracción sancionada por el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Proceso judicial
El proceso judicial inició tras una auditoría interna en la institución policial. El agente había presentado ante su unidad de Talento Humano dos certificados médicos, con fechas del 16 y 25 de septiembre de 2024, en los cuales justificaba un periodo total de 10 días de reposo.
Irregularidades detectadas
El engaño fue descubierto por el encargado de Talento Humano durante el proceso de validación rutinaria. Al intentar verificar la legitimidad de los documentos, el funcionario utilizó los códigos QR impresos en los certificados.
Sin embargo, el escaneo no redirigió al portal oficial de la institución médica, sino que arrojó un error, confirmando que los archivos no contaban con validez alguna.
Verificación y descubrimiento
Ante la sospecha, el área administrativa contactó directamente al facultativo que supuestamente había firmado los documentos. El médico no solo negó haber suscrito los papeles, sino que también confirmó que su firma había sido suplantada y que, durante las fechas señaladas en los certificados, se encontraba haciendo uso de sus vacaciones.
Pruebas contundentes en el juicio
Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía General del Estado logró desvirtuar la defensa del exuniformado. La acusación se sustentó en los testimonios clave de los funcionarios administrativos de la UPC, además de la pericia documentológica realizada por agentes de Criminalística, quienes confirmaron mediante pruebas técnicas que los certificados eran falsos.
Declaraciones y evidencias
Asimismo, se sumó la declaración del perito que realizó el reconocimiento del lugar de los hechos, robusteciendo el expediente contra el exservidor.
Fundamento jurídico de la condena
La sentencia fue dictada conforme a lo estipulado en el artículo 328 del COIP, que penaliza la falsificación y uso de documentos falsos con penas que oscilan entre tres y cinco años de prisión.
Tras analizar las circunstancias del caso y la evidencia presentada, el Tribunal determinó imponer tres años de privación de libertad como medida correctiva ante la gravedad del delito cometido por el exmiembro de la institución.