Daniel Noboa envió reforma para permitir la castración química a la Corte Constitucional

La Presidencia de Ecuador confirmó, la noche de este viernes 11 de julio de 2025, que el mandatario Daniel Noboa envió la propuesta de reforma constitucional para permitir la castración química a violadores a la Corte Constitucional (CC).

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Daniel Noboa envió reforma para permitir la castración química a la Corte Constitucional

Según detalla el documento, Daniel Noboa envió la petición a la Corte Constitucional este viernes, para que la entidad realice el respectivo control previo de la propuesta de reforma parcial a la Constitución de Ecuador.

El objetivo del Ejecutivo es que la CC declare la admisibilidad de la reforma para luego enviarla a la Asamblea Nacional.

La propuesta establece la aplicación de la castración química y penas privativas de libertad a quienes sean sentenciados por el delito de violación.

El pedido incluye mantener un registro reservado de los delincuentes para evitar su vinculación posterior en actividades que involucren a niños y adolescentes, detalló Presidencia.

“Pensaron que el poder los iba a proteger. Como antes, como siempre. Esta vez no: los violadores merecen la castración química y pagar con la cárcel”, mencionó el Presidente en un mensaje difundido en sus redes sociales.

¿Qué es la castración química?

La castración química es el uso de fármacos hormonales para reducir la reincidencia en la violencia sexual, según un informe de Los Institutos Nacionales de la Salud (NIH), principal agencia de investigación del gobierno de Estados Unidos.

El Instituto de Democracia y Derechos Humanos (Idehpucp), una unidad académica de la Pontificia Universidad Católica del Perú, señala que consiste en un tratamiento médico que busca disminuir la libido o el deseo sexual mediante el uso de fármacos dirigidos a reducir la circulación de la hormona testosterona en la sangre.

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“A diferencia de la castración quirúrgica o física, consistente en la extirpación de los testículos, el procedimiento solo tiene un efecto temporal y reversible“, indica el Idehpucp, en un informe.

El Instituto agrega que: “Si bien es empleado en la medicina para el tratamiento de tumores en la próstata y en el caso de pacientes parafílicos, su aplicación no ha sido ajena al derecho penal”.


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