Cartas a Quito / 7 de septiembre de 2025

Amenaza dentro de casa

Es cierto que los peligros “siempre han existido”. Pero padres, décadas atrás, con “guardarnos en la casa” o controlar con quienes conversábamos en el único teléfono de la casa, nuestros padres lograron en mayor o menor medida procurar nuestra seguridad.

Antes, el peligro estaba generalmente “en la calle”. Hoy, todo tipo de peligro llega hasta el mínimo rincón de nuestros hogares. 

Hoy no se trata solo de cuidar a dónde van nuestros hijos, con quién salen, o quién los lleva. En estos días, esos peligros no superan ni en lo más mínimo al mundo infinito de horrores que nuestros niños pueden experimentar en la “seguridad” de su habitación, en la “privacidad” de su baño e incluso, en la “tranquilidad” que creemos tener cuando está usando su dispositivo a pocos metros de nosotros.  

Ya hay casos nefastos de niños que han perdido hasta la vida asesorada por la IA.

Por favor, padres. Solo nosotros podemos decidir si acompañar a nuestros hijos en esta ola de información que trae de todo, o abandonarlos a la deriva en un mundo que puede llegar a ser más oscuro de lo que creemos. 

Hoy, a diferencia de décadas atrás, muchos niños son abandonados y vulnerados, sentados junto a sus padres, sí que ellos siquiera lo noten. 

Paula Pettinelli

El nepotismo: corrupción disfrazada de privilegio en el sector público ecuatoriano

El nepotismo, entendido como la designación de parientes en cargos públicos por parte de una autoridad, constituye una práctica que socava la democracia y debilita la institucionalidad del Ecuador. No es un fenómeno aislado ni reciente; desde la creación de la República, pasando por regímenes de facto y hasta los gobiernos democráticos, esta forma de corrupción se ha repetido con preocupante normalidad.

La Constitución de la República del Ecuador consagra en su artículo 229 que el ingreso al servicio público se fundamenta en los principios de igualdad, mérito y capacidad. El artículo 11 refuerza este mandato al prohibir toda forma de privilegio que afecte la igualdad de oportunidades. Por tanto, el nepotismo no solo contradice la ética pública, sino que constituye una vulneración directa al orden constitucional.

En el plano normativo, la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) establece en su artículo 6 la prohibición expresa de nombrar o contratar a familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad dentro de la misma entidad. Los actos realizados en contravención son nulos, y generan responsabilidades tanto para la autoridad que los ejecuta como para la persona beneficiada, llegando incluso a la destitución. La norma extiende la responsabilidad a los departamentos de talento humano, cuya complicidad perpetúa la impunidad.

El derecho internacional de los derechos humanos también condena esta práctica. El artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece el derecho de todos a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas. Asimismo, el artículo 23 del Pacto de San José protege el derecho ciudadano a participar en la vida pública sin discriminación. El nepotismo, al priorizar lazos familiares sobre la capacidad profesional, constituye una violación a estos estándares universales.

La doctrina lo considera una expresión del clientelismo y tráfico de influencias, factores que afectan la eficiencia del servicio público y profundizan la desconfianza social. Si bien la Contraloría y la Asamblea Nacional han impulsado reformas para endurecer sanciones, el problema persiste en todas las escalas del poder.

Superar el nepotismo requiere más que leyes: demanda voluntad política, sanciones ejemplares y una ciudadanía activa que defienda la igualdad, la transparencia y la meritocracia como pilares de la democracia. ¡Y el tiempo sigue su marcha..! 

Elio Roberto Ortega Icaza