Desde el 12 de julio de 2026, el Gobierno ecuatoriano implementó una reducción de 5 centavos de dólar por galón en la gasolina Extra, Ecopaís y el diésel prémium. Esta medida generó inquietud entre los consumidores, quienes se preguntan qué sucederá si el precio internacional del petróleo vuelve a aumentar en las próximas semanas.
El ministro de Ambiente y Energía, Juan Carlos Blum, aclaró que esta nueva fórmula no reemplaza el sistema de bandas vigente. Este mecanismo excepcional se aplicará bajo ciertas condiciones y será reevaluado en agosto, dependiendo del comportamiento del mercado internacional.
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Detalles del sistema de bandas
Blum explicó que el Decreto Ejecutivo 444 no elimina el mecanismo que Ecuador utiliza para fijar los precios de los combustibles. “El Gobierno Nacional sigue aplicando el sistema de bandas para el cálculo del incremento o la disminución de los combustibles”, afirmó. La medida busca evitar un tercer incremento consecutivo en el límite máximo permitido por este sistema.
La nueva fórmula solo se activa si se cumplen tres condiciones simultáneamente:
- El Precio de Paridad de Importación (PPI) debe registrar una disminución acumulada igual o superior al 15% durante los dos períodos anteriores.
- Ese mismo indicador debe haber acumulado un incremento igual o superior al 50% en hasta tres períodos consecutivos.
- El cálculo ordinario debe haber alcanzado el límite máximo de incremento permitido por el sistema de bandas.
Si alguna de estas condiciones deja de cumplirse, el mecanismo excepcional cesa y los precios se calcularán con las reglas habituales del sistema de bandas.
Impacto futuro del petróleo en los precios
Blum también indicó que, tras finalizar este período excepcional, el comportamiento de los combustibles dependerá nuevamente del mercado internacional. “En agosto debemos ver cómo evoluciona el mercado internacional, que es volátil”, manifestó. Esto significa que si el petróleo vuelve a niveles altos y el mecanismo excepcional deja de aplicarse, los combustibles ajustarán conforme a las reglas anteriores, limitando incrementos a un máximo del 5% mensual y reducciones a un máximo del 10%.
Ivo Rosero, presidente de la Cámara Nacional de Distribuidores de Derivados del Petróleo del Ecuador (Camddepe), enfatizó que el Decreto 444 regula únicamente las reducciones y no modifica el procedimiento para eventuales incrementos. “Este decreto exclusivamente habla de la disminución de precios”, destacó en entrevista con El Comercio.
Efectos sobre la economía ecuatoriana
El ministro Blum subrayó que la finalidad de esta reforma es reducir el impacto negativo sobre los consumidores ecuatorianos debido a la volatilidad internacional. “Cuando usted sube hasta el 5% por dos meses consecutivos, el impacto sobre la economía puede ser muy fuerte. Con este mecanismo esperamos reducir ese efecto”, afirmó.
A pesar de estas medidas, Rosero advirtió que la evolución reciente del petróleo muestra que los precios internacionales seguirán siendo el principal factor determinante para futuros ajustes. La gasolina Súper permanecerá al margen del sistema de bandas, ya que su precio se mantiene liberalizado y depende directamente del mercado internacional.